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Lista 69-B del SAT: qué es, sus cuatro etapas y cómo proteger a tu despacho

Lista 69-B del SAT: qué es, sus cuatro etapas y cómo proteger a tu despacho

El artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación regula a las llamadas Empresas que Facturan Operaciones Simuladas (EFOS): contribuyentes que emiten comprobantes sin contar con los activos, el personal o la infraestructura para prestar los servicios que amparan. Operar con ellas —aun de buena fe— traslada el riesgo a quien deduce esos comprobantes.

Las cuatro etapas del procedimiento

El SAT no publica a un contribuyente de un día para otro. El procedimiento tiene fases: presunto (el SAT presume la simulación y lo notifica), definitivo (transcurrido el plazo sin desvirtuar, se confirma), desvirtuado (el contribuyente aportó pruebas y sale de la lista) y sentenciado. Cada estatus tiene consecuencias distintas para quien recibió los comprobantes.

Por qué le importa al despacho

Si tu cliente dedujo un CFDI de un EFOS definitivo, tiene un plazo para acreditar la materialidad de la operación o corregir su situación fiscal. Si el despacho emite facturas de honorarios a un cliente que resulta estar en la lista, el riesgo reputacional y de fiscalización es propio. Revisar el estatus 69-B deja de ser opcional.

Validar antes de timbrar

La práctica sana es cruzar el RFC contra la Lista 69-B en dos momentos: al dar de alta a un cliente y antes de cada emisión de CFDI. LexIA hace esa validación de forma automática y, cuando el RFC aparece en la lista, bloquea la emisión y muestra la categoría exacta del SAT hasta que un socio autorice explícitamente la operación. La guardia EFOS es uno de los pocos controles que evita el problema antes de que ocurra, no después.

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